Comité de Certificación y Recertificación de Especialistas

Presidente

Dra. Cubecino Adriana

Secretario

Dr. Jorge Fernando

Integrantes:

  • Dra. Aquino Gabriela
  • Dra. Gamarra Debora C
  • Dr. Arzac Ulla Ricardo Ignacio
  • Dr. Fruttero Martín
  • Dr. Isobe Federico
  • Dr. Pereira Corvalan Juan Manuel
  • Dr. Petrolito Julian
  • Dr. Romagnoli Julián
  • Dr. Saldía Ruben
  • Dr. Tillet Fernando
  • Dr. Torrano Juan Pablo
  • Dr. Turco Martín 
  • Dr. Varaona Jose
  • Dr. Zarate Martin

Subcomité:

  • Dr. Fuentes Enzo
  • Dr. Castronovo Leonardo
  • Dra. Dall Armellina M del Rosario
  • Dr. Flaherty Eloy Guillermo

Colaboradores externos – ex presidentes del Comité:

  • Dra. Lucía Dohmen
  • Dra. Silvia Reciniello
  • Dr. Viale, German
  • Dr. Pablo Rotella

Secretaria: Prof. María Laura Beltramino
e-mail: especialista@aaot.org.ar

La RECERTIFICACIÓN en Ortopedia y Traumatología es el proceso mediante el cual se renueva la certificación existente, siendo fundamental para garantizar que ese reconocimiento inicial mantenga su valor, mediante la actualización de conocimientos y habilidades médicas. 

Tiene como objetivo garantizar que los médicos especialistas continúen brindando una atención de calidad a sus pacientes, a través de la actualización por medio de participación en cursos de educación médica continua, en docencia, publicaciones, asistencia a congresos, realización de becas de perfeccionamiento, entre otros. 

Se consideran todas aquellas actividades vinculadas a la especialidad, realizadas tanto en la AAOT como en las Sociedades del Interior de nuestro país, Huéspedes y Extranjeras, dentro de los últimos cinco años calendarios, como también la actividad asistencial.

La RECERTIFICACIÓN de todos los Especialistas Certificados por la Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología es OBLIGATORIA, a partir de 5 (cinco) años de obtenida la misma. A su vez, se debe recertificar cada CINCO (5) años. Es requisito no haber sido sancionado por transgresiones al Código de Ética.

  • Inscripción a la recertificación 2025 abre en junio
  • Podrá consultar la Nueva Planilla de puntaje 2024 como referencia, la planilla 2025 estará disponible desde junio 2025

La suma de puntaje corresponde a la actividad realizada dentro de los últimos cinco años calendarios, siendo requisitos estar Certificado como Especialista en AAOT y no haber sido sancionado por transgresiones al Código de Ética.

Por lo tanto, se acreditará puntaje por la actividad inmediata del último quinquenio posterior a la obtención del Certificado de Especialista expedido por la AAOT o de los últimos 5 (cinco) años calendario posteriores a su última recertificación. Certificados vigentes aquellos que correspondan al período junio de 2020- junio de 2025, vinculados a la especialidad.

La planilla de puntaje constituye una DECLARACIÓN JURADA, debiendo presentar copia de cada una de las constancias que respaldan lo acreditado. Por el momento la misma está siendo actualizada, se volverá a subir en el mes de septiembre.

Fecha de Cierre de la inscripción On Line y de la Recepción de Antecedentes: 30 de septiembre de 2025.

REQUISITOS EXCLUYENTES 

Documentación a presentar (obligatoria):

  1. Foto del DNI (ambos lados).
  2. Foto o certificado de matrícula profesional (nacional y/o provincial) vigente.
  3. Diploma o certificado previo de Certificación o Recertificación emitido por AAOT. (Nota: No otorga puntaje, pero su presentación es excluyente)
  4. Comprobante de condición de socio/a AAOT con cuota al día. (Adjuntar comprobante de los últimos 5 años emitido por AAOT).
  5. Planilla de postulación completa (datos filiatorios, puntaje autoasignadosegún certificados, y firma del postulante).
  6. Certificado de actividad asistencial, firmado por la Dirección Médica del establecimiento (público o privado). Se computará un solo cargo por año; no se suman cargos simultáneos en distintas instituciones. 
  7. Registro Quirúrgico de los últimos DOS años. Presentar tabla consignando: fecha, tipo/descripción de cirugía, rol (cirujano/ayudante). Debe estar firmada por el Jefe de Servicio (si corresponde) y Jefe de Quirófano.

CONDICIONES EXCLUYENTES PARA LA RECERTIFICACIÓN

Se requiere acreditar un puntaje mínimo total de 70 puntos, tanto para la primera recertificación como para las recertificaciones posteriores, con una distribución equilibrada en los distintos ítems. Este puntaje no podrá estar concentrado únicamente en una sola área.

Es condición excluyente acreditar puntaje en los siguientes rubros:

    • Programas Formativos (1.0.0)y/o Actividad Docente (3.0.0)Debe cumplirse al menos una de estas secciones con puntaje mínimo.
    • Asistencia a Congresos de la Especialidad (4.1.0): ítem obligatorio y con puntaje mínimo

Lea atentamente este instructivo antes de enviar la documentación.

La confección y el envío de la información son de exclusiva responsabilidad del solicitante.

La AAOT no editará el material recibido. La omisión o defecto en la presentación implicará la cancelación de la solicitud hasta el siguiente período anual.

 

  1. REQUISITOS EXCLUYENTES – Presentación obligatoria de documentación

Las solicitudes que no cumplan con estos requisitos NO serán evaluadas.

Documentación a presentar (obligatoria):

  1. Foto del DNI (ambos lados).
  2. Foto o certificado de matrícula profesional (nacional y/o provincial) vigente.
  3. Diploma o certificado previo de Certificación o Recertificación emitido por AAOT. (Nota: No otorga puntaje, pero su presentación es excluyente).
  4. Comprobante de condición de socio/a AAOT con cuota al día. (Adjuntar comprobante de los últimos 5 años emitido por AAOT).
  5. Planilla de postulación completa (datos filiatorios, puntaje autoasignado según certificados, y firma del postulante).
  6. Certificado de actividad asistencial, firmado por la Dirección Médica del establecimiento (público o privado). Se computará un solo cargo por año; no se suman cargos simultáneos en distintas instituciones.
  7. Registro Quirúrgico de los últimos DOS años. Presentar tabla consignando: fecha, tipo/descripción de cirugía, rol (cirujano/ayudante). Debe estar firmada por el Jefe de Servicio (si corresponde) y Jefe de Quirófano

 

  1. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DIGITAL

Toda la documentación debe presentarse en formato digital, cumpliendo los siguientes pasos:

  • Descargar la planilla 2025.
  • Ordenar los certificados según el orden de la planilla.
  • Nombrar cada archivo con el número del ítem, apellido y la palabra «RECERT».
    Ejemplo: 4.1.1GOMEZ RECERT.pdf, DNI GOMEZ RECERT.pdf
  • Completar la planilla con el puntaje correspondiente (condición excluyente).
  • Adjuntar los certificados en formato PDF, correctamente identificados.
  • Enviar toda la documentación a: certificacionesaaot@gmail.com (Puede dividirse en varios correos si es necesario. De no recibir confirmación de recepción en 72 h, escribir a: especialista@aaot.org.ar )
  1. CONDICIONES EXCLUYENTES PARA LA RECERTIFICACIÓN

Se requiere acreditar un puntaje mínimo total de 70 puntos, tanto para la primera recertificación como para las recertificaciones posteriores, con una distribución equilibrada en los distintos ítems. Este puntaje no podrá estar concentrado únicamente en una sola área.

Es condición excluyente acreditar puntaje en los siguientes rubros:

  • Programas Formativos (1.0.0) y/o Actividad Docente (3.0.0): Debe cumplirse al menos una de estas secciones con puntaje mínimo.
  • Asistencia a Congresos de la Especialidad (4.1.0): ítem obligatorio y con puntaje mínimo.
  1. CONSIDERACIONES LEGALES Y DE VALIDEZ
  • Se informa que por Norma del Ministerio de Salud de la Nación que la Ley N.º 17.132, modificada por la Ley N.º 23.873, establece la obligatoriedad de la recertificación cada 5 años: Tendrá un plazo de vigencia de CINCO (5) años la autorización oficial para anunciarse como Especialista a través de los certificados que otorga este Ministerio para médicos y odontólogos en el marco de la Ley N.º 23873, modificatoria de la Ley N.º 17132.
  • Declaración jurada: Toda la documentación presentada reviste este carácter. Su falsedad, adulteración o inconsistencia será sancionada institucionalmente, generando además la pérdida de la recertificación.

 

  1. VIGENCIA DE CERTIFICADOS
  • Sólo se considerarán certificados que sustenten y avalen la actualización de los últimos 5 años (junio 2020–junio 2025), vinculados a la especialidad.
  • No se aceptan certificados de actividades administrativas ni de otras especialidades.
  • Solo se computará lo debidamente presentado al momento de la solicitud.

 

  1. DETALLES PARA DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA
  • Certificación/Recertificación AAOT previa: Obligatoria, sin puntaje.
  • Certificación/Recertificación por otras entidades: No otorgan puntaje. No adjuntar.
  • Certificados/Títulos de Especialización: Deben ser emitidos por sociedades integrantes de AAOT.
  • Título de Especialista Universitario: Corresponde a carrera de posgrado universitario.
  • Trabajos presentados en congresos: Acreditar con certificado.
  • Publicaciones/Trabajos duplicados: Solo se computará uno.
  • Publicaciones: Adjuntar primera página, link ORCID o cita.
  • Capítulos de libros: Adjuntar índice o página donde figure el autor.
  • Revisor RAAOT: Presentar certificado del Comité Editorial.
  • En caso de duda, los diplomas serán evaluados por CEMC.
  • Membresías: Presentar constancia de cada sociedad.

 

  1. EVALUACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS

Una vez recibida la documentación completa, su carpeta será analizada por el Comité Evaluador.

Recibirá una notificación por correo electrónico con el resultado:

  • Recertificado y categoría otorgada
  • No recertificado por falta de puntaje mínimo

En el primer caso, se indicará el procedimiento para la entrega del diploma correspondiente.

DESCARGAR PDF

 

Consultas: especialista@aaot.org.ar

Según el puntaje obtenido las categorías corresponden a:

  • De 70 a 199 Puntos: Especialista RECERTIFICADO
  • De 200 a 299 Puntos: Especialista RECERTIFICADO CALIFICADO
  • Más de 300 Puntos: Especialista RECERTIFICADO CONSULTOR

Quien acceda a la categoría de Especialista RECERTIFICADO CONSULTOR, mantendrá la misma con sólo acreditar por escrito que continúan ejerciendo la especialidad.

En las Recertificaciones posteriores, para conservar o ascender de categoría:

  • de RECERTIFICADO a RECERTIFICADO: 70 a 99 puntos.
  • de RECERTIFICADO a RECERTIFICADO CALIFICADO: deberá sumar un mínimo de 100 puntos.
  • de RECERTIFICADO a RECERTIFICADO CONSULTOR: deberá sumar un mínimo de 200 puntos.
  • de RECERTIFICADO CALIFICADO a RECERTIFICADO CONSULTOR: deberá sumar un mínimo de 100 puntos.
  • Inscripción 2025 CERRADA
  • Planilla de puntos 2025 en elaboración

Se recomienda:

  • Participación Congresos Argentinos de Ortopedia y Traumatología de la AAOT.
  • Participación Congresos Argentinos de Sociedades Huéspedes de la AAOT.
  • Participación Congresos de Sociedades del interior del País.
  • Participación en Cursos Oficiales de Recertificación de la AAOT (ver dentro de «Auspicios y categorizaciones» click aquí).
  • Participación en Cursos Oficiales del Comité de Investigaciones de la AAOT (ver aquí).
  • Participación en RAAOT.
  • Acreditación de Servicios y Residencias por la AAOT. (click aquí)
  • Inscripción 2025 CERRADA
  • Planilla de puntos 2025 en elaboración