La AAOT, a través de su Comité de Acreditación de Servicios, evalúa y acredita los Servicios de Ortopedia y Traumatología del país para garantizar estándares de calidad asistencial, docente y científica y promover la mejora continua en la atención y en la formación profesional.
La acreditación es un reconocimiento institucional al cumplimiento de criterios definidos por la AAOT en estructura, recursos humanos, actividad asistencial y quirúrgica, docencia e investigación.
Aclaración: la acreditación se otorga al Servicio y no implica necesariamente la existencia de un programa de residencia. Los programas de residencia se rigen por normativa específica. Para categorías y requisitos, ver el Reglamento.

Presidente
Dra. Cubecino Adriana

Secretario
Dr. Jorge Fernando
Integrantes:
- Dra. Aquino Gabriela
- Dra. Gamarra Debora C
- Dr. Arzac Ulla Ricardo Ignacio
- Dr. Fruttero Martín
- Dr. Isobe Federico
- Dr. Pereira Corvalan Juan Manuel
- Dr. Petrolito Julian
- Dr. Romagnoli Julián
- Dr. Saldía Ruben
- Dr. Tillet Fernando
- Dr. Torrano Juan Pablo
- Dr. Turco Martín
- Dr. Varaona Jose
- Dr. Zarate Martin
Subcomité:
- Dr. Fuentes Enzo
- Dr. Castronovo Leonardo
- Dra. Dall Armellina M del Rosario
- Dr. Flaherty Eloy Guillermo
Colaboradores externos – ex presidentes del Comité:
- Dra. Lucía Dohmen
- Dra. Silvia Reciniello
- Dr. Viale, German
- Dr. Pablo Rotella
Secretaria: Prof. María Laura Beltramino
e-mail: especialista@aaot.org.ar
COMPRUEBE SI LOS DATOS ESTÁN ACTUALIZADOS- VERIFIQUE CUANDO VENCE SU SERVICIO ASISTENCIAL
Reglamento y Formulario para la Acreditación de Servicios Asistenciales de Ortopedia y Traumatología
Estado de acreditación de servicios. Última actualización: 15 octubre de 2025.
Leyenda de categorías y estados
- A / B / C: Categoría según criterios asistenciales, docentes y científicos.
- INGRESADO: carpeta presentada; en evaluación.
- NO ACREDITADO – VENCIDO: acreditación expirada.
- NO ACREDITADO – REINGRESA 2026: evaluado, reingresará al proceso de reacreditación en 2026.
- Pasos:
- Descarga del formulario e instructivo para presentación de antecedentes.
- Compilación de documentación.
- Carga de la documentación en el formulario, en PDF, digitalizada y claramente identificada.
- Envío del formulario completo.
- Evaluación documental.
- Evaluación presencial (cuando corresponda).
- Dictamen y asignación de categoría/estado.
- Publicación en el listado oficial.
CONDICIONES:
- El Formulario de Acreditación de Servicios y la documentación presentada se considera en carácter de declaración jurada.
- El formulario debe completarse en línea y ser firmado electrónicamente por el/la Jefe/a de Servicio.
- La presentación completa de la documentación es condición excluyente para avanzar a la instancia presencial.
- Debe ser entregada en tiempo y forma, certificada por la autoridad institucional correspondiente (hospitalaria, universitaria o asociativa).
- Los archivos deben subirse al formulario de autoevaluación en PDF, con nomenclatura clara.
- Solo se computará para puntaje lo debidamente presentado al momento de la solicitud.
- La visita de evaluación será coordinada con el Servicio y efectuada por representantes del Comité.
- Se realizará además una entrevista con el/la Jefe/a de Servicio, Responsable Docente y/o Jefe/a de Residentes y miembros del staff, siendo obligatoria la presencia de los mismos durante el proceso de evaluación.
- La categoría final (A, B, C o No acreditado) surge de la evaluación integral de la documentación y de lo constatado durante la visita presencial.
- Los comunicaciones y solicitudes del Comité se cursarán por correo electrónico a la dirección declarada en el formulario.
- Transcurridos 60 (sesenta) días desde la confirmación de recepción de la documentación por parte del Comité; si no mediara un requerimiento previo, la presentación se tendrá por válida.
INSTRUCTIVO PARA PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES
Contacto: acreditacionservicios@aaot.org.ar
Secretaria: Prof. María Laura Beltramino
REGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN
Artículo 1:
Serán acreditados por la Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología, (A.A.O.T), los Servicios Asistenciales que reúnan los siguientes requisitos mínimos:
- El Establecimiento debe haber sido habilitados por la/s autoridad/es competente/s (Ministerio de Salud de la Nación, y/o Provincial, según corresponda).
- El Servicio realizará la asistencia exclusiva de pacientes de la especialidad y funcionará con carácter permanente.
- Estar a cargo de un Jefe con dedicación exclusiva de la especialidad y Miembro Certificado de la AAOT.
- El Cuerpo Médico debe guardar relación con el número de camas habilitadas y cumplirá sus funciones en forma estable y reglamentaria.
- El Servicio debe contar con Guardia, Consultorios externos e internación.
- El Servicio debe realizar no menos de 200 (doscientas) cirugías anuales.
- El Servicio debe disponer de Servicio propios y compartidos, instalaciones, equipos, instrumental y personal necesarios para el ejercicio integral de la especialidad.
- Todos los pacientes atendidos (ambulatorios e internación) deben ser registrados bajo una historia clínica y la documentación correspondiente conservada en archivos permanentes y actualizados.
Artículo 2:
La Asociación llevará un registro actualizado, con las características de los distintos Servicios de Ortopedia y Traumatología que funcionan en el país y voluntariamente soliciten la acreditación por esta Institución.
Artículo 3:
La solicitud se realizará de acuerdo a la metodología descripta en el Instructivo para la solicitud de Acreditación de Servicios.
Artículo 4:
La presentación será evaluada por el Comité de Certificación y Recertificación de Especialista y Reconocimiento de Servicios.La decisión será debidamente notificada en forma escrita y fehaciente.
Artículo 5:
El plazo máximo de acreditación de un servicio asistencial de la especialidad será de 5 (cinco) años.
Artículo 6:
Si a los 60 días hábiles de presentada la solicitud no se le realizan por el comité de recertificación ninguna observación se considera automáticamente acreditado.
Artículo 7:
En caso de ser observado, se podrá presentar una nueva solicitud una vez realizadas voluntariamente las modificaciones sugeridas por las cuales resultara no acreditado.