Presidente
Dr. Pablo Rotella
Secretaria
Dra. Cubecino Adriana
Integrantes:
- Dr. Boucher, Oscar
- Dr. Fruttero Martin
- Dr. Gorodischer, Sergio
- Dr. Grab, Eduardo
- Dr. Isobe Federico
- Dr. Jorge, Fernando Daniel
- Dr. Romagnoli Julian
- Dr. Tillet Fernando
- Dr. Turco, Martín
- Dr. Vedoya, Santiago
- Dr. Zanotti, Gerardo
- Dra. Aquino, Gabriela
- Dra. Gamarra Debora
Subcomité:
- Dr. Zarate Martí
- Dr. Fuentes Enzo
Colaboradores externos – ex presidentes del Comité:
- Dra Lucía Dohmen
- Dra. Silvia Reciniello
- Dr. Viale, German
Secretaria: Prof. María Laura Beltramino
e-mail: especialista@aaot.org.ar
COMPRUEBE SI LOS DATOS ESTÁN ACTUALIZADOS- VERIFIQUE CUANDO VENCE SU SERVICIO ASISTENCIAL
Reglamento y Formulario para la Acreditación de Servicios Asistenciales de Ortopedia y Traumatología
Artículo 1:
Serán acreditados por la Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología, (A.A.O.T), los Servicios Asistenciales que reúnan los siguientes requisitos mínimos:
a. El Establecimiento debe haber sido habilitados por la/s autoridad/es competente/s (Ministerio de Salud de la Nación, y/o Provincial, según corresponda).
b. El Servicio realizará la asistencia exclusiva de pacientes de la especialidad y funcionará con carácter permanente.
c. Estar a cargo de un Jefe con dedicación exclusiva de la especialidad y Miembro Certificado de la AAOT.
d. El Cuerpo Médico debe guardar relación con el número de camas habilitadas y cumplirá sus funciones en forma estable y reglamentaria.
e. El Servicio debe contar con Guardia, Consultorios externos e internación.
f. El Servicio debe realizar no menos de 200 (doscientas) cirugías anuales.
g. El Servicio debe disponer de Servicio propios y compartidos, instalaciones, equipos, instrumental y personal necesarios para el ejercicio integral de la especialidad.
h. Todos los pacientes atendidos (ambulatorios e internación) deben ser registrados bajo una historia clínica y la documentación correspondiente conservada en archivos permanentes y actualizados.
Artículo 2:
La Asociación llevará un registro actualizado, con las características de los distintos Servicios de Ortopedia y Traumatología que funcionan en el país y voluntariamente soliciten la acreditación por esta Institución.
Artículo 3:
La solicitud se realizará de acuerdo a la metodología descripta en el Instructivo para la solicitud de Acreditación de Servicios.
Artículo 4:
La presentación será evaluada por el Comité de Certificación y Recertificación de Especialista y Reconocimiento de Servicios.La decisión será debidamente notificada en forma escrita y fehaciente.
Artículo 5:
El plazo máximo de acreditación de un servicio asistencial de la especialidad será de 5 (cinco) años.
Artículo 6:
Si a los 60 días hábiles de presentada la solicitud no se le realizan por el comité de recertificación ninguna observación se considera automáticamente acreditado.
Artículo 7:
En caso de ser observado, se podrá presentar una nueva solicitud una vez realizadas voluntariamente las modificaciones sugeridas por las cuales resultara no acreditado.
FORMULARIO DE AUTOEVALUACIÓN UNIFICADO (SERVICIO Y RESIDENCIA)
El presente formulario constituye una Declaración Jurada y está destinado a agilizar la evaluación y acreditación de los Servicios. El Comité de Certificación, Recertificación de Especialistas y reconocimiento de Servicios se reserva el derecho de en forma aleatoria, efectuar:
1)Una Inspección acordada por ambas partes, por parte de Representantes del Comité al Servicio evaluado.
2) Una entrevista al Jefe de Servicio, Docente a cargo, Jefe de Residentes o Instructor de Residentes a fin de aclarar conceptos acerca de esta evaluación.
Este Formulario deberá completarse por internet, a través de la página web de la Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología con los datos solicitados y firmado electrónicamente por el Jefe de Servicio.
A los 60 (sesenta) días de recibir la confirmación de recepción de la documentación por parte de este Comité, será dada por válida si es que no hubiese un requerimiento previo del mismo Comité por cualquier motivo que él considere necesario.
Los requerimientos del Comité se efectuarán por correo electrónico, a la direccion que Ud. indique en el Formulario de Acreditación de Servicios por internet.
Dra. Adriana Cubecino Comité de Certificación, Recertificaciones de Especialistas y Reconocimiento de Servicios | Dr. Pablo S. Rotella Comité de Certificación, Recertificaciones de Especialistas y Reconocimiento de Servicios |